Bea, una lectora de este blog, me ha pasado la siguiente información.
El pasado día 25 de noviembre de 2010, han entrado en vigor las dos últimas medidas que faltaban por ponerse en marcha y que forman parte de la última reforma en materia de tráfico, es decir, los aspectos relativos a la Dirección Electrónica Vial (DEV) y Tablón de Edictos de Sanciones de Tráfico (TESTRA).
Dirección Electrónica Vial (DEV)
La DEV es el buzón electrónico que la Administración nos pide que designemos a efectos de notificaciones, a través del cual ésta pretende notificarnos todas las multas de tráfico. Las empresas que tengan vehículos matriculados con posterioridad al 25 de noviembre de 2010 estarán obligadas a facilitar una dirección de e-mail, mientras que para los particulares esto será voluntario.
Nuestra recomendación es no facilitar nunca una dirección de correo electrónica (cuando esto sea voluntario) pues de lo contrario el procedimiento se agilizará reduciendo la posibilidad de éxito en la defensa. No obstante en los casos en que ya se haya comunicado una dirección electrónica vial, podremos solicitar al órgano competente en cualquier momento del procedimiento, que se dirijan las notificaciones sucesivas al domicilio físico que indiquemos.
Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (TESTRA)
También, desde el día 25 de noviembre de 2010, el TESTRA sustituye a los boletines oficiales como instrumento de notificación en los casos de imposibilidad de notificación personal. Ahora se realizará en una base de datos que podremos consultar por Internet en la página Web de la DGT.
No obstante, al no tener muchos de los Ayuntamientos los medios técnicos adecuados para esta reforma para poder adherirse al sistema establecido en el plazo indicado por la ley, se ha aprobado la Ley 37/2010, de 15 de noviembre, por la que se crea la Oficina Presupuestaria de las Cortes Generales, por la que se otorga a los Ayuntamientos una prórroga de dos años de plazo para adaptar sus notificaciones edictales al TESTRA. En la Web de la DGT existe una relación de entidades locales y órganos autonómicos que ya utilizan este sistema telemático de notificaciones.
Por último, insistimos de nuevo en las recomendaciones para que no pierdas tus puntos ni tu dinero:
CONSEJO 1.
RECURRIR ANTES DE 20 DÍAS. ¿POR QUÉ?
1. Por la subida del importe de las multas.
2. Porque recurrir es la única forma de poder CONSERVAR LOS PUNTOS:
* a. Pagar las multas con 50% de descuento implica perder automáticamente los puntos.
* b. El curso para recuperar los puntos cuesta más que ese 50%.
CONSEJO 2.
NO DAR LA DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO O E-MAIL A LA DGT (LA DEV).
¿POR QUÉ?
1. Si permites que te notifiquen por e-mail en vez de por correo certificado:
* a. Facilitas enormemente la acción recaudadora de la Administración.
* b. Es un sistema que no garantiza la recepción de las notificaciones.
2. No estás obligado a darlo como particular.
CONSEJO 3.
NO TE IDENTIFIQUES COMO CONDUCTOR HABITUAL A LA DGT. ¿POR QUÉ?
1. Cuando multen a un familiar, o amigo, con tu coche y no te enteres:
* a. Perderás tus puntos automáticamente.
* b. Embargarán tu cuenta bancaria.
2. No estás obligado a dar un conductor habitual.
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